Información Legal
PRECAUCIÓN: ESTAS NOTAS SON PARA SU INFORMACIÓN SOLAMENTE.
Cualquier persona natural o jurídica extranjera puede comprar y poseer propiedades sin ser residente o ciudadano de Panamá. Usted solo requiere mostrar su pasaporte para hacer la compra. Puede de igual forma vender su propiedad cuando lo disponga o si lo prefiere dejarla como herencia. No hay límites en la cantidad de dólares americanos que usted puede sacar de su cuenta bancaria en Panamá.
PASOS PARA COMPRAR UNA PROPIEDAD:
PASO 1: ACUERDO E INVESTIGACIÓN
Encontrada la propiedad deseada, le corresponde llegar a un acuerdo sobre el precio y las condiciones de traspaso con el propietario. En ese momento, debe obtener copias de los documentos que acreditan la titularidad del propietario (Escrituras), incluyendo un certificado reciente del Registro Público de la República de Panamá. Sobre la documentación entregada por medio de un abogado realiza una investigación completa de la veracidad de estos documentos, específicamente determinando si la propiedad esta libre de todo gravamen o vicio oculto. Una vez verificada estas informaciones, se procede a levantar un acuerdo de promesa de compraventa, para garantizar a las partes que la transacción será realizada, y para que el bien no siga siendo promovido para su venta.
PASO 2: ESCRITURA Y IMPUESTOS SOBRE VENTA
Una vez el vendedor haya pagado los impuestos necesarios para la transferencia (impuesto de transferencia de bienes inmuebles e impuesto de ganancia), las partes presentaran los formularios de presentación y pago y solicitan ante un Notario Público la protocolización de la Escritura Pública de Compraventa.
PASO 3: TRANSFERENCIA DE TÍTULO
La transferencia de la propiedad solo será efectiva una vez esta inscrita la Escritura Pública, debidamente protocolizada ante un Notario Público, en el Registro Público de la República de Panamá, es recomendable solicitar inmediatamente un certificado del Registro Público donde conste la transferencia a nombre del nuevo propietario. Para inscribirse se requiere que junto a la escritura pública se adjunte un paz y salvo de inmueble y del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN). Se debe presentar copia de la Escritura Pública debidamente inscrita en el Registro Público a la Dirección Nacional de Catastro para efectos de actualizar el registro que mantiene dicha institución.
PASO 4: TRANSFERENCIA DE LOS FONDOS PARA LA COMPRA
Generalmente se hace un primer abono a la firma de la promesa de compraventa que corresponde al 10% o como negocien las partes. El pago final generalmente es hecho mediante cheque certificado, transferencia de fondos o mediante carta irrevocable de pago. Cada parte generalmente pago los honorarios de sus propios abogados e igualmente las respectivas comisiones, conforme se pacte en el contrato.
REQUISITOS COMUNES PARA OBTENER VISA DE RESIDENTE TEMPORAL Y VISA DE RESIDENTE PERMANENTE
1-Poder y Solicitud presentada mediante apoderado legal.
2-Copia del pasaporte debidamente cotejada por notario público panameño, o acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país o de la autoridad correspondiente en el lugar de emisión.
3-Certificado de antecedentes penales del país de origen o de residencia.
4-Certificado de salud expedido por un médico idóneo, dentro de los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud.
5-Pago de B/.250.00 balboas a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud de una categoría migratoria, y de B/.800.00 balboas a favor del Servicio Nacional de Migración en concepto de depósito de repatriación.
6-Declaración jurada de antecedentes personales.
** Fuente: Decreto Ley Nº3 de 22 de febrero de 2008.
IMPORTANTE: Todos los documentos que sean expedidos en el extranjero, deberán presentarse debidamente autenticados, ya sea por la "Apostilla" expedida por el país de origen o por la Embajada o Consulado de Panamá en el país que los expidió y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
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Programa de Visa para Inversionistas : - Programa de Turísmo - Programa para Jubilados y Pensionados




